Baremo - Secuela funcional - Incapacidad laboral

Baremo e incapacidad de rodilla

La incapacidad de rodilla no se determina por el diagnóstico aislado ni por una RMN alterada, sino por la secuela funcional permanente. El baremo debe aplicarse sobre movilidad medida, estabilidad, marcha, fuerza, dolor funcional, nexo causal y repercusión laboral concreta.

Secuela

Debe existir una repercusión funcional objetivable: limitación, inestabilidad, bloqueo, marcha alterada o pérdida de fuerza.

Medición

La movilidad de rodilla debe consignarse en grados, con flexión, extensión y déficit de extensión.

Cálculo

El porcentaje exige diagnóstico, nexo causal, incapacidad pura, factores de ponderación y control de duplicaciones.

Qué se valora en la incapacidad de rodilla

La valoración debe integrar rodilla afectada, mecanismo lesional, diagnóstico inicial, RMN, examen físico, movilidad, flexión, extensión, estabilidad, marcha, fuerza, atrofia, dolor funcional, cirugía, rehabilitación y tarea habitual.

El baremo debe aplicarse sobre la secuela funcional objetivable de la rodilla, no sobre el hallazgo aislado de una RMN. En el marco laboral argentino, el Decreto 659/96 aprobó la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales y el Decreto 549/2025 sustituyó su Anexo I, con tablas y criterios actualizados para la valoración de incapacidad.

Diagnóstico y secuela funcional

El diagnóstico puede ser lesión meniscal, rotura de LCA, esguince, condropatía, artrosis, fractura o lesión osteocondral. La secuela funcional, en cambio, es la consecuencia objetivable: limitación de movilidad, inestabilidad, dolor funcional, marcha alterada, pérdida de fuerza, atrofia o bloqueo.

La incapacidad es el porcentaje asignado según baremo a la secuela comprobada. Una lesión anatómica informada no equivale necesariamente a incapacidad si no deja repercusión funcional permanente.

Lesión meniscal

En lesiones meniscales deben valorarse menisco interno o externo, tipo de lesión, dolor en interlínea, bloqueo, resalto, derrame, maniobras meniscales, artroscopía, meniscectomía parcial, sutura meniscal y secuela funcional residual.

La lesión meniscal debe valorarse por su repercusión funcional y no solo por su descripción en la RMN de rodilla. Una meniscopatía degenerativa, un hallazgo incidental o una meniscectomía sin secuela residual no tienen el mismo valor que un síndrome meniscal con signos objetivos, bloqueo, derrame o limitación funcional.

Rotura del ligamento cruzado anterior

La rotura del LCA puede generar incapacidad cuando deja inestabilidad, déficit funcional, limitación para actividades laborales o secuelas postquirúrgicas. Deben valorarse rotura parcial o completa, inestabilidad clínica, Lachman, cajón anterior, pivot shift, episodios de falla, cirugía reconstructiva, rehabilitación, atrofia, fuerza, retorno laboral y actividad habitual.

La rotura del ligamento cruzado anterior debe analizarse por la estabilidad funcional de la rodilla, no únicamente por la imagen. Una rodilla estable luego de rehabilitación no se valora igual que una rodilla con episodios de falla, inseguridad en giros y limitación para tareas de carga.

Limitación funcional de rodilla

La limitación funcional de rodilla debe medirse en grados para poder aplicar correctamente el baremo. Deben consignarse flexión, extensión, déficit de extensión, rigidez, movilidad activa, movilidad pasiva, dolor durante movimiento, bloqueo, marcha y repercusión en escaleras, cuclillas y bipedestación.

No basta con escribir “movilidad disminuida”. El informe debe permitir controlar qué movimiento está afectado, cuánto se perdió, si la medición es reproducible y cómo se vincula con la tarea habitual.

Inestabilidad

La inestabilidad de rodilla implica pérdida de estabilidad articular, sensación de falla o episodios objetivos de inseguridad durante la marcha, giros, escaleras o tareas de carga. Deben valorarse estabilidad anterior, posterior, medial y lateral, pruebas clínicas, uso de rodillera, episodios de caída, limitación para giros, terreno irregular y necesidad de cirugía o rehabilitación.

La inestabilidad debe estar objetivada por examen físico y no basarse solo en el relato de inseguridad. El baremo exige distinguir una sensación subjetiva de falla de una inestabilidad clínica con repercusión funcional.

Dolor residual

El dolor residual de rodilla tiene valor médico-legal cuando se correlaciona con una lesión, hallazgos objetivos, limitación funcional, alteración de marcha o restricción laboral. Deben evitarse valoraciones aisladas de gonalgia inespecífica, dolor sin limitación, dolor sin hallazgos, dolor con estudios normales, dolor degenerativo no causal o dolor transitorio.

El dolor no debe duplicarse con la incapacidad por limitación funcional, lesión meniscal o inestabilidad si forma parte de la misma secuela. La clave es identificar si el dolor expresa una consecuencia funcional independiente o si ya está incluido en el cuadro valorado.

Artroscopía y cirugía de rodilla

La cirugía puede ser relevante para reconstruir diagnóstico y evolución, pero no implica incapacidad automática. Deben evaluarse indicación quirúrgica, hallazgos artroscópicos, meniscectomía, sutura meniscal, reconstrucción ligamentaria, osteosíntesis, complicaciones, infección, rehabilitación y resultado funcional final.

La incapacidad se valora por la secuela postquirúrgica residual, no por la cirugía en sí misma. El antecedente quirúrgico sin limitación, inestabilidad, dolor funcional, atrofia o alteración de la marcha no justifica por sí solo un porcentaje.

RMN y estudios complementarios

Los estudios complementarios documentan lesiones, pero la incapacidad debe surgir de la correlación clínico-funcional. Pueden incluir RMN, radiografías, tomografía, estudios postquirúrgicos, informes artroscópicos, controles traumatológicos e informes de rehabilitación.

Debe analizarse fecha del estudio, lesión aguda o crónica, hallazgos degenerativos, correlación con mecanismo, correlación con examen físico y evolución. La guía sobre RMN de rodilla en medicina legal desarrolla este punto.

Examen físico

Sin examen físico objetivo, el cálculo de incapacidad de rodilla queda insuficientemente fundado. Deben valorarse inspección, marcha, edema, derrame, movilidad, goniometría, maniobras meniscales, estabilidad ligamentaria, fuerza, perímetros, atrofia, cicatrices y comparación bilateral.

El examen físico de rodilla permite verificar si el diagnóstico tiene repercusión funcional actual y si esa secuela es compatible con el hecho reclamado.

Nexo causal médico-legal

El nexo causal debe vincular el hecho denunciado con la lesión inicial y con la secuela funcional actual. Deben integrarse mecanismo traumático, torsión, caída, golpe directo, sobreesfuerzo, síntomas iniciales, atención médica, RMN, examen físico, tratamiento, cirugía, rehabilitación, evolución, antecedentes, cambios degenerativos y secuela funcional.

Para el encuadre general puede revisarse mecanismo lesional y secuelas postraumáticas e incapacidad.

Incapacidad pura

La incapacidad pura es el porcentaje médico asignado a la secuela de rodilla antes de aplicar factores de ponderación. Debe fundarse en diagnóstico, movilidad medida, estabilidad, marcha, fuerza, dolor funcional, estudios complementarios, examen físico, secuela permanente y nexo causal.

La incapacidad pura no debe mezclarse con consideraciones laborales o sociales si el baremo las reserva para etapas posteriores del cálculo. Primero debe quedar claro cuál es la secuela médica y cuál es su porcentaje base.

Factores de ponderación

Los factores de ponderación deben aplicarse cuando corresponde y de manera fundada. Pueden ser relevantes en trabajadores que deben subir y bajar escaleras, cargar peso, permanecer de pie, trabajar en cuclillas, arrodillarse, caminar en terreno irregular o cuando existe necesidad de recalificación laboral.

No deben aplicarse automáticamente ni sin relación concreta con la tarea habitual. El informe debe explicar por qué la secuela de rodilla afecta el desempeño laboral específico y cómo ese dato modifica el cálculo final.

Capacidad restante

Cuando existen múltiples secuelas debe aplicarse el método correspondiente para evitar sumas aritméticas indebidas. Debe evitarse sumar lesión meniscal, dolor e inestabilidad sin analizar superposición; duplicar limitación funcional y dolor; duplicar lesión de rodilla con marcha alterada si expresan la misma secuela; omitir incapacidades previas; o no explicar el cálculo final.

El cálculo debe evitar duplicar porcentajes por manifestaciones de una misma secuela funcional. Para ampliar, ver capacidad restante y factores de ponderación.

Aplicación del baremo

La aplicación del baremo debe consignar diagnóstico, rodilla afectada, mecanismo causal, movilidad medida, estabilidad, dolor funcional, marcha, fuerza, estudios complementarios, tratamiento realizado, secuela funcional, nexo causal, incapacidad pura, factores de ponderación si corresponden e incapacidad final.

Para completar el análisis corresponde revisar baremos médicos, goniometría, el Baremo SRT 549/2025, las fichas de baremo de rodilla y los criterios generales de incapacidad laboral.

Errores frecuentes

  1. Aplicar baremo solo por RMN.
  2. Fijar incapacidad por lesión meniscal sin examen físico.
  3. No medir movilidad.
  4. No evaluar déficit de extensión.
  5. No valorar estabilidad ligamentaria.
  6. No observar marcha.
  7. No diferenciar lesión traumática de degenerativa.
  8. No revisar cirugía y rehabilitación.
  9. Duplicar dolor, inestabilidad y limitación funcional.
  10. Aplicar factores de ponderación sin fundamento.

Relación con otros temas del clúster

Rodilla

Índice del clúster sobre lesión meniscal, LCA, RMN, examen físico, limitación funcional e incapacidad.

Limitación funcional

Flexión, extensión, déficit de extensión, goniometría, marcha y repercusión laboral.

RMN de rodilla

Valor de imagen, cambios degenerativos, lesión aguda, nexo causal y secuela funcional.

Lesión meniscal

Dolor de interlínea, bloqueo, derrame, artroscopía, meniscectomía y secuelas.

Rotura de LCA

Inestabilidad, Lachman, cirugía, rehabilitación y retorno laboral.

Enlaces relacionados

Examen físico de pierna

Evaluación regional vecina cuando la marcha o la fuerza del miembro inferior están comprometidas.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula la incapacidad de rodilla?

Se calcula sobre la secuela funcional permanente: movilidad medida, estabilidad, marcha, fuerza, dolor funcional, estudios, tratamiento, nexo causal y baremo aplicable.

¿Una lesión meniscal siempre genera incapacidad?

No. Debe existir repercusión funcional objetiva, como bloqueo, derrame, hipotrofia, dolor localizado, maniobras positivas o limitación residual.

¿Una rotura de LCA siempre genera incapacidad?

No necesariamente. Deben valorarse estabilidad clínica, cirugía, rehabilitación, episodios de falla, movilidad, fuerza, marcha y repercusión laboral.

¿Qué importancia tiene la movilidad?

Es central porque permite cuantificar la secuela mediante flexión, extensión y déficit de extensión medidos en grados.

¿Qué importancia tiene la inestabilidad?

La inestabilidad puede afectar giros, escaleras, terreno irregular, carga y marcha. Debe estar objetivada por examen físico.

¿La RMN alcanza para fijar incapacidad?

No. La RMN debe correlacionarse con examen físico, movilidad, estabilidad, marcha, evolución y secuela funcional.

¿Cómo se evita duplicar incapacidad?

Debe evitarse sumar porcentajes por manifestaciones de una misma secuela, como dolor, marcha alterada y limitación funcional cuando expresan el mismo déficit.

¿Cómo se aplican los factores de ponderación?

Se aplican solo cuando corresponde y con fundamento, relacionando la secuela con edad, tarea habitual, dificultad laboral y eventual recalificación.

Conclusión médico-legal

La valoración médico-legal de la incapacidad de rodilla requiere analizar diagnóstico, RMN, examen físico, movilidad medida, estabilidad, marcha, fuerza, tratamiento, rehabilitación, nexo causal y tarea habitual. Un análisis técnico permite aplicar el baremo de manera fundada y evitar duplicaciones.

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