Estado previo
Se revisan rasgos estables, antecedentes, tratamientos, adaptación laboral, vínculos, autonomía y capacidad de afrontamiento.
Personalidad de base - Antecedentes - Concausalidad
La personalidad de base permite valorar cómo era el funcionamiento psíquico previo y si el hecho produjo un daño nuevo, agravó una condición anterior, exteriorizó una vulnerabilidad o se relaciona solo de manera temporal con síntomas explicables por otros factores.
Se revisan rasgos estables, antecedentes, tratamientos, adaptación laboral, vínculos, autonomía y capacidad de afrontamiento.
El análisis debe diferenciar daño nuevo, empeoramiento de un cuadro previo, concausalidad y factores ajenos al hecho.
La conclusión integra entrevista, psicodiagnóstico, cronología, tratamiento, secuelas físicas, nexo causal e incapacidad.
En pericias psicológicas y psiquiátricas, la personalidad de base es un elemento central para valorar daño psíquico, RVAN, antecedentes, vulnerabilidad previa, agravamiento, concausalidad, simulación, nexo causal e incapacidad psíquica.
Su análisis no debe usarse como una fórmula automática para negar el reclamo. Tampoco debe omitirse cuando existen antecedentes relevantes. La utilidad médico-legal está en precisar qué parte del cuadro puede atribuirse al hecho y qué parte responde a funcionamiento previo, factores concurrentes o causas ajenas.
La personalidad de base comprende los rasgos estables, modalidades de respuesta, mecanismos defensivos, antecedentes emocionales y forma habitual de adaptación del examinado antes del hecho dañoso. Permite reconstruir cómo era el funcionamiento psíquico previo en el plano laboral, familiar, social y personal.
Este análisis ayuda a determinar si el hecho produjo un daño psíquico nuevo, un agravamiento clínicamente relevante, una reacción emocional esperable o la exteriorización sintomática de una vulnerabilidad previa.
La existencia de una personalidad vulnerable no excluye automáticamente el daño psíquico, pero obliga a analizar con mayor precisión el nexo causal psíquico. Debe diferenciarse daño psíquico nuevo, agravamiento de un cuadro previo, exteriorización sintomática de una vulnerabilidad, reacción emocional esperable, patología previa no relacionada y concausalidad.
La conclusión pericial debe explicar por qué el cuadro se atribuye al hecho, a antecedentes previos, a factores extralaborales o a una combinación de esos elementos.
Deben revisarse tratamientos psicológicos previos, tratamientos psiquiátricos, medicación psicofarmacológica, internaciones, licencias laborales por salud mental, diagnósticos anteriores, consumo problemático de sustancias, episodios de ansiedad o depresión y conflictos laborales o familiares previos.
Los antecedentes no eliminan automáticamente la relación causal, pero pueden modificar la valoración del daño, el porcentaje de incapacidad o la atribución causal. Omitirlos puede llevar a sobredimensionar el impacto del hecho o a confundir agravamiento con daño nuevo.
Una persona puede tener rasgos de vulnerabilidad psíquica y, aun así, sufrir un daño psíquico atribuible total o parcialmente a un hecho traumático. La vulnerabilidad previa no equivale a ausencia de daño, pero exige valorar estabilidad previa, funcionamiento laboral anterior, adaptación social, vínculos familiares, tratamientos previos, nivel de autonomía, capacidad de afrontamiento y presencia o ausencia de síntomas antes del hecho.
El razonamiento médico-legal debe evitar dos extremos: negar todo daño por la existencia de rasgos vulnerables o atribuir todo síntoma posterior al hecho sin estudiar el funcionamiento previo.
Cuando existía un cuadro psíquico previo, el análisis debe determinar si el hecho produjo un agravamiento clínicamente relevante y funcionalmente demostrable. Deben evaluarse estado previo documentado, intensidad de síntomas antes del hecho, cambios posteriores, necesidad de tratamiento nuevo o mayor, medicación agregada, licencias posteriores, deterioro funcional y persistencia del cuadro.
El agravamiento debe ser explicado con datos concretos. No alcanza con afirmar que el examinado tenía antecedentes ni con señalar que los síntomas aparecieron después del accidente.
La concausalidad aparece cuando el cuadro psíquico resulta de la interacción entre el hecho dañoso, la personalidad previa, antecedentes, factores extralaborales y secuelas físicas. En daño psíquico, muchas veces el análisis no es puramente causal o no causal, sino de ponderación entre causa, concausa, agravamiento y factores ajenos.
Una conclusión completa debe indicar si el hecho actuó como desencadenante, agravante, factor concurrente o elemento sin relevancia causal demostrada.
La RVAN debe valorarse considerando la magnitud del siniestro, la sintomatología, la evolución, las secuelas físicas, el tratamiento, el psicodiagnóstico y la personalidad de base. No corresponde fundar RVAN solo en angustia referida, temor subjetivo, tristeza transitoria, relato aislado, falta de adaptación momentánea o síntomas sin repercusión funcional.
La personalidad de base permite distinguir una reacción vivencial atribuible al siniestro de respuestas emocionales esperables o cuadros previos con escasa relación con el evento.
El psicodiagnóstico debe aportar elementos para diferenciar personalidad previa, daño nuevo, agravamiento y simulación o exageración sintomática. Debe analizar rasgos de personalidad, indicadores ansiosos o depresivos, mecanismos defensivos, consistencia del relato, antecedentes, repercusión funcional y relación temporal con el hecho.
Las pruebas psicológicas deben interpretarse junto con la entrevista clínica, historia clínica, documentación laboral, tratamientos previos y posteriores, evolución y conducta funcional observada.
La presencia de rasgos de personalidad complejos no debe confundirse automáticamente con simulación. Sin embargo, las inconsistencias deben ser valoradas técnicamente, especialmente cuando hay relato cambiante, síntomas desproporcionados, contradicciones, tests inconsistentes, ausencia de tratamiento pese a síntomas graves, conducta funcional incompatible, ganancias secundarias o discordancia con la historia clínica.
El análisis debe ser prudente y fundado. La simulación no se presume, pero tampoco deben ignorarse indicadores objetivos de inconsistencia.
Los factores extralaborales pueden explicar total o parcialmente el cuadro, o actuar como factores concurrentes. Deben revisarse duelos, separaciones, conflictos familiares, conflictos laborales previos, enfermedad de familiares, problemas económicos, violencia, otros accidentes, enfermedades personales y consumo de sustancias.
La presencia de estos factores no elimina automáticamente el nexo causal, pero obliga a precisar su incidencia en la aparición, mantenimiento o agravamiento de los síntomas.
El nexo causal psíquico debe integrar personalidad previa, antecedentes, magnitud del hecho, secuelas físicas, cronología de síntomas, psicodiagnóstico, tratamiento, factores extralaborales, evolución y repercusión funcional. Debe explicar si el hecho produjo daño nuevo, agravó una condición previa, exteriorizó una vulnerabilidad o si el cuadro responde principalmente a causas ajenas.
Este enfoque se desarrolla en la guía específica sobre nexo causal en daño psíquico.
La incapacidad psíquica no se fija por la personalidad de base en sí misma, sino por la repercusión funcional persistente atribuible al hecho o a su agravamiento. Puede afectar rendimiento laboral, concentración, tolerancia al estrés, sueño, interacción social, adaptación a tareas, autonomía, vida familiar y necesidad de tratamiento.
Cuando corresponde aplicar porcentaje, la pericia debe fundamentar diagnóstico, evolución, consolidación, nexo causal, repercusión funcional y baremo aplicable. Para el ámbito laboral puede consultarse Baremo SRT 549/2025.
Clínica, psicodiagnóstico, nexo causal, tratamiento, incapacidad y valoración médico-legal.
Reacción vivencial anormal neurótica, magnitud del siniestro, secuelas físicas, grados e incapacidad.
Entrevista, pruebas psicológicas, personalidad de base, consistencia, simulación y relación causal.
Hecho traumático, cronología, antecedentes, evolución, tratamiento y repercusión funcional.
Inconsistencias, tests, conducta observada, historia clínica y repercusión funcional.
Frecuencia, duración, medicación, respuesta terapéutica, pronóstico y necesidad de tratamiento futuro.
Diagnóstico, repercusión funcional, consolidación, baremo y nexo causal.
Historia clínica, examen psíquico, relato, consistencia y correlación documental.
Errores técnicos, omisiones, personalidad de base, nexo causal insuficiente y observaciones.
Secuelas, repercusión funcional, baremos, causalidad y valoración de incapacidad.
Análisis técnico de incapacidad, nexo causal, documentación, baremo y conclusiones periciales.
Consulta profesional sobre daño psíquico, RVAN, incapacidad laboral o revisión de pericias psicológicas.
Comprende rasgos estables, modalidades de respuesta, mecanismos defensivos, antecedentes emocionales y forma habitual de adaptación del examinado antes del hecho dañoso.
No. Una personalidad vulnerable no excluye automáticamente el daño psíquico, pero exige analizar con precisión el nexo causal, el agravamiento y la concausalidad.
Los antecedentes no eliminan automáticamente la relación causal, aunque pueden modificar la valoración del daño, el porcentaje de incapacidad o la atribución causal.
Es el empeoramiento clínicamente relevante y funcionalmente demostrable de un cuadro psíquico previo luego del hecho evaluado.
Es la interacción entre el hecho dañoso, la personalidad previa, antecedentes, factores extralaborales y secuelas físicas en la producción del cuadro psíquico.
La RVAN debe valorarse junto con magnitud del siniestro, sintomatología, evolución, secuelas físicas, tratamiento, psicodiagnóstico y personalidad de base.
Ayuda a diferenciar personalidad previa, daño nuevo, agravamiento, concausalidad, simulación o exageración y repercusión funcional.
No se fija por la personalidad de base en sí misma, sino por la repercusión funcional persistente atribuible al hecho o a su agravamiento.
La valoración médico-legal de la personalidad de base requiere analizar antecedentes, funcionamiento previo, psicodiagnóstico, magnitud del hecho, secuelas físicas, tratamiento, factores extralaborales, agravamiento, concausalidad y repercusión funcional. Un análisis técnico permite determinar si el daño psíquico y la incapacidad se encuentran correctamente fundamentados.
Para revisar un caso concreto puede consultarse el servicio de pericias médicas laborales, la guía de impugnación de pericia psicológica o el formulario de contacto.