Baremo - Cadera y muslo - Incapacidad laboral

Baremo e incapacidad de cadera y muslo

La incapacidad de cadera y muslo no se determina por el diagnóstico aislado, sino por la secuela funcional final: movilidad de cadera, marcha, fuerza, apoyo, bipedestación, acortamiento, dolor funcional, prótesis y repercusión sobre la tarea habitual.

Secuela funcional

Debe ser permanente, objetivable y vinculada con la contingencia laboral.

Medición

La movilidad de cadera, la fuerza, la marcha y el acortamiento deben documentarse.

Cálculo fundado

Se diferencia incapacidad pura, factores de ponderación y capacidad restante.

Qué se valora en cadera y muslo

En cadera y muslo deben valorarse región afectada, lado derecho o izquierdo, mecanismo lesional, diagnóstico inicial, estudios complementarios, tratamiento realizado, cirugía si existió, movilidad de cadera, fuerza muscular, dolor funcional, marcha, apoyo, uso de bastón, acortamiento, prótesis y tarea habitual.

En el régimen laboral argentino, el Decreto 549/2025 sustituyó el Anexo I del Decreto 659/96 y actualizó la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales. La aplicación del baremo debe recaer sobre una secuela funcional permanente, objetivable y causalmente vinculada, no sobre el accidente en abstracto ni sobre el diagnóstico aislado.

Diagnóstico, secuela funcional e incapacidad

El diagnóstico identifica la lesión o condición: fractura de cadera, fractura de fémur, luxación, artrosis postraumática, coxalgia, prótesis o lesión muscular. La secuela funcional describe lo que queda después del tratamiento: limitación de movilidad, dolor funcional, alteración de la marcha, pérdida de fuerza, acortamiento, rigidez, inestabilidad o restricción para carga.

La incapacidad es el porcentaje asignado según baremo a la secuela comprobada. Una lesión anatómica, una imagen alterada o un antecedente quirúrgico no equivalen necesariamente a incapacidad si no existe repercusión funcional permanente.

Limitación funcional de cadera

La limitación funcional de cadera debe medirse en grados y correlacionarse con marcha, dolor y tarea habitual. Deben consignarse flexión, extensión, abducción, aducción, rotación interna, rotación externa, movilidad activa, movilidad pasiva, dolor durante el movimiento y rigidez.

También debe explicarse la repercusión funcional: dificultad para caminar, subir escaleras, calzarse, sentarse, levantarse, permanecer de pie, cargar peso o desplazarse en terreno irregular. Una mención genérica de movilidad disminuida no alcanza para aplicar el baremo de manera controlable.

Coxalgia postraumática

La coxalgia postraumática tiene valor médico-legal cuando el dolor de cadera se correlaciona con lesión documentada, examen físico, estudios, limitación funcional y evolución compatible. Deben valorarse dolor inguinal, dolor lateral, dolor glúteo, dolor irradiado a muslo o rodilla, dolor con la marcha y dolor al subir escaleras.

La coxalgia aislada, sin limitación funcional ni hallazgos objetivos, no debe valorarse como incapacidad permanente. El dolor puede orientar el examen, pero el porcentaje debe apoyarse en una secuela funcional verificable.

Artrosis de cadera postraumática

La artrosis de cadera postraumática debe diferenciarse de la artrosis degenerativa. Importan antecedente traumático, compromiso articular inicial, fractura o luxación, progresión radiológica, pinzamiento articular, osteofitos, esclerosis, necrosis avascular, dolor funcional, movilidad residual y marcha.

No toda artrosis diagnosticada después de un accidente es postraumática. Para atribuir incapacidad al hecho denunciado debe existir una relación razonable entre la lesión articular inicial, la evolución clínica y la secuela funcional actual.

Fractura de cadera

La fractura de cadera puede comprometer cuello femoral, región intertrocantérica, región subtrocantérica o acetábulo. Deben analizarse desplazamiento, tratamiento quirúrgico, osteosíntesis, prótesis, consolidación, acortamiento, dolor residual, marcha y uso de bastón.

La fractura se valora por su resultado funcional final, no por la sola existencia de la fractura o de la cirugía. Una fractura consolidada sin dolor funcional, con buena movilidad y marcha conservada no tiene el mismo valor que una fractura con prótesis, acortamiento, rigidez o claudicación persistente.

Fractura de fémur

En la fractura de fémur deben valorarse localización, trazo fracturario, desplazamiento, conminución, clavo endomedular, placa y tornillos, consolidación, eje, acortamiento, dolor residual, fuerza del muslo, marcha y movilidad de cadera y rodilla.

La fractura femoral puede generar incapacidad por dolor funcional, acortamiento, alteración de la marcha, pérdida de fuerza, compromiso articular, consolidación viciosa o secuelas de osteosíntesis. El análisis debe incluir articulaciones vecinas si la marcha, el eje o la movilidad se ven afectados.

Luxación de cadera

La luxación traumática de cadera suele asociarse a mecanismos de alta energía. Deben revisarse tiempo hasta la reducción, lesión asociada de acetábulo o cabeza femoral, necrosis avascular, artrosis secundaria, inestabilidad, dolor residual, movilidad, marcha y secuela funcional.

Puede dejar secuelas importantes, pero no se presume incapacidad por el antecedente aislado. La pericia debe objetivar la evolución, los estudios y el examen físico actual.

Prótesis de cadera

La prótesis de cadera exige analizar indicación quirúrgica, relación con el accidente, artroplastia total o parcial, dolor residual, movilidad, marcha, uso de bastón, luxación protésica, infección, aflojamiento, revisión protésica y restricciones funcionales.

La prótesis no se valora solo por su colocación. El punto central es la función residual y, antes de eso, la causa que llevó a la artroplastia: fractura traumática, artrosis postraumática, necrosis avascular, agravamiento de una preexistencia o patología degenerativa no laboral.

Lesiones musculares del muslo

Las lesiones musculares del muslo incluyen contusión, hematoma, desgarro de cuádriceps, desgarro de aductores, fibrosis, pérdida de fuerza, dolor funcional, atrofia y recuperación sin secuelas. En particular, el desgarro de isquiotibiales debe valorarse por fuerza, dolor posterior, trofismo, marcha y evolución.

Estas lesiones suelen curar sin incapacidad permanente salvo que dejen déficit funcional objetivo. No debe confundirse dolor muscular transitorio con secuela laboral permanente.

Marcha, apoyo y fuerza

En cadera y muslo, la marcha y la fuerza son determinantes para valorar repercusión laboral. Deben describirse marcha normal, marcha antiálgica, marcha claudicante, apoyo completo, uso de bastón, dificultad para escaleras, dificultad para levantarse de una silla y tolerancia a la bipedestación.

La fuerza debe evaluarse en flexores de cadera, abductores, aductores, cuádriceps e isquiotibiales, con perímetros, atrofia, fatiga y comparación bilateral. Una alteración de marcha debe explicarse: dolor, rigidez, acortamiento, debilidad, prótesis, secuela femoral o causa ajena al accidente.

Estudios complementarios

Los estudios de cadera y muslo pueden incluir radiografías de pelvis y cadera, radiografías de fémur, tomografía, resonancia magnética, ecografía muscular, estudios de control postquirúrgico, estudios de prótesis, medición de acortamiento, informes quirúrgicos e informes de rehabilitación.

Los estudios documentan lesiones y evolución, pero la incapacidad surge de la correlación con el examen físico. Una imagen alterada sin secuela funcional actual no basta para fijar incapacidad, y un estudio debe leerse siempre junto con la clínica, la marcha, la fuerza y la tarea habitual.

Examen físico médico-legal

El examen físico de cadera y muslo debe valorar inspección, marcha, dolor inguinal o lateral, movilidad de cadera, flexión, extensión, abducción, aducción, rotaciones, fuerza, perímetros, acortamiento, cicatrices, sensibilidad, pruebas funcionales y comparación bilateral.

Sin examen físico objetivo, el cálculo de incapacidad queda insuficientemente fundado. La medición debe ser reproducible y compatible con el diagnóstico, los estudios, la evolución y la repercusión laboral.

Nexo causal médico-legal

El nexo causal debe integrar mecanismo traumático, diagnóstico inicial, región afectada, estudios complementarios, tratamiento, cirugía, prótesis si corresponde, rehabilitación, evolución, antecedentes degenerativos, factores personales, examen físico actual y secuela funcional.

El porcentaje de incapacidad solo tiene valor pericial si se explica cómo el accidente o enfermedad laboral produjo la lesión inicial y cómo esa lesión deriva en la secuela actual. Para el encuadre general pueden revisarse secuelas postraumáticas e incapacidad y mecanismo lesional.

Incapacidad pura

La incapacidad pura es el porcentaje médico asignado a la secuela de cadera o muslo antes de aplicar factores de ponderación. Debe fundarse en diagnóstico, secuela funcional, movilidad medida, marcha, fuerza, acortamiento, dolor funcional, estudios complementarios, examen físico, nexo causal y baremo aplicable.

La sección de incapacidad laboral desarrolla los criterios generales para diferenciar lesión, secuela permanente, incapacidad pura e incapacidad final.

Factores de ponderación

Los factores de ponderación deben aplicarse solo cuando corresponden y con fundamento concreto. Pueden ser relevantes en trabajadores con marcha claudicante y tarea de bipedestación, uso habitual de escaleras, tareas con carga, trabajo en terreno irregular, uso de bastón incompatible con la función o necesidad de recalificación laboral.

No deben agregarse automáticamente. El informe debe explicar cuál es la tarea habitual, qué exigencia funcional demanda y de qué manera la secuela de cadera o muslo modifica el desempeño laboral.

Capacidad restante

Cuando coexisten varias secuelas debe aplicarse el método de capacidad restante para evitar sumas aritméticas indebidas y duplicaciones. Debe evitarse sumar dolor, limitación funcional y marcha como si siempre fueran secuelas independientes; duplicar artrosis y prótesis; duplicar fractura y limitación funcional derivada de la misma fractura; omitir incapacidades previas; o no explicar el cálculo final.

La capacidad restante ayuda a no sobrevalorar manifestaciones de una misma secuela global. También debe considerarse la guía sobre secuela e incapacidad laboral y, cuando el dolor sea el eje de discusión, dolor en el baremo laboral.

Aplicación del baremo

La aplicación del baremo debe consignar diagnóstico, lado afectado, mecanismo causal, estudios complementarios, movilidad medida, marcha, fuerza, dolor funcional, acortamiento, tratamiento, cirugía o prótesis, nexo causal, incapacidad pura, factores de ponderación e incapacidad final.

Para completar el análisis corresponde revisar baremos médicos, Baremo SRT 549/2025, miembro inferior en el Decreto 549/2025 y goniometría laboral.

Errores frecuentes

  1. Aplicar baremo solo por diagnóstico.
  2. No medir movilidad de cadera.
  3. No observar ni describir la marcha.
  4. No valorar fuerza muscular ni perímetros.
  5. No analizar acortamiento.
  6. No diferenciar artrosis postraumática de degenerativa.
  7. No revisar estudios previos.
  8. No valorar cirugía o prótesis por resultado funcional.
  9. Duplicar dolor, limitación, marcha y prótesis.
  10. Aplicar factores de ponderación sin fundamento.

Relación con otros temas del cluster

Cadera y muslo

Índice regional sobre coxalgia, fracturas, prótesis, artrosis, lesiones musculares y marcha.

Fractura de cadera

Cuello femoral, región trocantérica, prótesis, consolidación, dolor residual y marcha.

Fractura de fémur

Osteosíntesis, eje, acortamiento, fuerza, marcha y articulaciones vecinas.

Prótesis de cadera

Indicación, causa, evolución, dolor residual, movilidad, marcha y complicaciones.

Enlaces relacionados

Pierna y baremo

Fracturas, acortamiento, cicatrices, fuerza, marcha y secuelas del miembro inferior.

Rodilla y baremo

Limitación, estabilidad, meniscos, LCA, RMN, marcha y cálculo de incapacidad.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula la incapacidad de cadera?

Se calcula sobre la secuela funcional permanente: movilidad medida de cadera, marcha, fuerza, dolor funcional, acortamiento, estudios, tratamiento, nexo causal y baremo aplicable.

¿Qué importancia tiene la marcha?

La marcha muestra la repercusión funcional real de la secuela sobre apoyo, carga, escaleras, bipedestación, uso de bastón y desplazamiento laboral.

¿Qué movimientos deben medirse?

Deben medirse flexión, extensión, abducción, aducción, rotación interna y rotación externa, con comparación bilateral y correlación con dolor funcional.

¿Una fractura de cadera siempre deja incapacidad?

No necesariamente. Debe existir una secuela objetiva, persistente y funcionalmente relevante, como limitación, dolor funcional, acortamiento, prótesis, marcha alterada o complicaciones.

¿Qué pasa si hay prótesis de cadera?

Debe analizarse la causa de la prótesis, su relación con el accidente, la movilidad residual, dolor, marcha, uso de bastón, complicaciones y capacidad laboral restante.

¿Cómo se valora la artrosis postraumática?

Se valora diferenciándola de la artrosis degenerativa y verificando lesión articular inicial, progresión radiológica, dolor funcional, movilidad residual, marcha y nexo causal.

¿Qué importancia tiene el acortamiento?

Puede ser relevante si está medido objetivamente y repercute en marcha, pelvis, columna, apoyo, necesidad de realce o tarea habitual.

¿Cómo se evita duplicar incapacidad?

Debe evitarse sumar dolor, limitación funcional, marcha, artrosis, fractura y prótesis como rubros independientes cuando expresan una misma secuela global.

Conclusión médico-legal

La valoración médico-legal de cadera y muslo requiere analizar diagnóstico, mecanismo lesional, estudios complementarios, movilidad, marcha, fuerza, dolor funcional, acortamiento, cirugía, prótesis, nexo causal y tarea habitual. Un análisis técnico permite aplicar el baremo de manera fundada y evitar duplicaciones.

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