Evento traumático
Se valora magnitud objetiva del hecho, riesgo vital, vivencia traumática, secuelas físicas y repercusión funcional.
Estrés postraumático - Daño psíquico - Incapacidad
El estrés postraumático no debe diagnosticarse solo por la existencia de un accidente o por el relato de angustia. Debe existir un cuadro clínico compatible, persistente, evaluado técnicamente y relacionado causalmente con el hecho.
Se valora magnitud objetiva del hecho, riesgo vital, vivencia traumática, secuelas físicas y repercusión funcional.
Importan recuerdos intrusivos, evitación, hipervigilancia, insomnio, ansiedad, retraimiento y alteración laboral o social.
La conclusión integra entrevista, psicodiagnóstico, tratamiento, personalidad de base, simulación, nexo causal y baremo.
El estrés postraumático puede discutirse en pericias médicas y psicológicas por accidentes laborales, accidentes de tránsito, hechos violentos, mala praxis, secuelas físicas incapacitantes y reclamos por daño psíquico. Su valoración exige diferenciar diagnóstico clínico, categoría médico-legal, evolución e incapacidad.
La pericia debe evitar usar indistintamente RVAN, daño psíquico y estrés postraumático sin explicar el fundamento clínico de cada categoría.
El estrés postraumático es un cuadro psíquico que puede aparecer luego de un hecho traumático de entidad suficiente, con síntomas persistentes que afectan la vida laboral, social, familiar o personal. La presencia de temor, angustia o malestar posterior al hecho no alcanza por sí sola para diagnosticarlo.
Debe existir compatibilidad clínica, persistencia, evaluación técnica, repercusión funcional y relación causal razonable con el evento traumático o sus secuelas.
No todo sufrimiento posterior a un hecho traumático constituye estrés postraumático ni incapacidad psíquica. Debe diferenciarse reacción emocional esperable, malestar transitorio, trastorno adaptativo, RVAN, estrés postraumático, daño psíquico persistente y agravamiento de un cuadro previo.
La valoración médico-legal exige explicar si el cuadro tiene entidad clínica suficiente y si genera limitación funcional persistente.
La RVAN es una categoría médico-legal frecuente en baremos laborales. El estrés postraumático es un diagnóstico clínico específico que requiere criterios sintomáticos, evolución, persistencia y repercusión funcional.
En una pericia, no corresponde asignar incapacidad solo por angustia referida, temor subjetivo o relato de accidente. Deben describirse síntomas, cronología, tratamiento, psicodiagnóstico, nexo causal y consolidación del daño.
Pueden ser relevantes accidentes graves, riesgo vital, amputaciones, lesiones severas, accidentes de trabajo, accidentes de tránsito, hechos violentos, agresiones, mala praxis con daño grave, fallecimiento de terceros presenciado, internaciones prolongadas y secuelas físicas incapacitantes.
La magnitud objetiva del hecho debe valorarse junto con la vivencia subjetiva, la evolución clínica, las secuelas y la repercusión funcional. El análisis también se relaciona con magnitud del siniestro y sintomatología psíquica.
Entre los síntomas a evaluar se encuentran recuerdos intrusivos, pesadillas, evitación, hipervigilancia, sobresaltos, irritabilidad, ansiedad, insomnio, retraimiento, angustia persistente, dificultad de concentración, temor a repetir el hecho, disminución del rendimiento laboral y alteración de la vida social o familiar.
La presencia aislada de algunos síntomas no alcanza para fijar incapacidad psíquica. Deben analizarse intensidad, persistencia, coherencia clínica, tratamiento y repercusión funcional.
Debe analizarse fecha del hecho, inicio de síntomas, consulta psicológica o psiquiátrica, tratamiento realizado, evolución, persistencia, mejoría o agravamiento, relación con secuelas físicas, eventos extralaborales posteriores y consolidación del cuadro.
La cronología compatible fortalece el análisis causal, pero la mera aparición posterior de síntomas no prueba por sí sola el nexo causal.
El psicodiagnóstico debe valorar entrevista clínica, tests psicológicos, indicadores traumáticos, indicadores ansiosos, indicadores depresivos, consistencia del relato, personalidad de base, antecedentes, simulación o exageración y repercusión funcional.
Debe aportar fundamentos técnicos para diferenciar estrés postraumático, RVAN, trastorno adaptativo, malestar emocional y simulación o exageración sintomática.
El tratamiento psicológico o psiquiátrico ayuda a valorar intensidad, persistencia, evolución y repercusión funcional, pero no prueba por sí solo incapacidad psíquica. Deben revisarse fecha de inicio, frecuencia, duración, continuidad, diagnóstico, medicación psiquiátrica, respuesta terapéutica, abandono, pronóstico y necesidad de tratamiento futuro.
La ausencia de tratamiento no excluye automáticamente el diagnóstico, pero debe ser ponderada si se alegan síntomas graves o persistentes.
Deben revisarse antecedentes psicológicos, antecedentes psiquiátricos, tratamientos previos, medicación previa, eventos traumáticos anteriores, rasgos de personalidad, vulnerabilidad previa, conflictos familiares o laborales y factores extralaborales.
Los antecedentes no excluyen automáticamente el estrés postraumático, pero obligan a diferenciar daño nuevo, agravamiento, concausalidad o causa ajena. Ver personalidad de base en daño psíquico.
La simulación o exageración sintomática no debe presumirse, pero las inconsistencias relevantes deben analizarse técnicamente antes de fijar incapacidad. Deben valorarse relato cambiante, síntomas desproporcionados, falta de correlación con el hecho, tests inconsistentes, conducta funcional incompatible, ausencia de tratamiento pese a síntomas graves, contradicciones documentales y ganancia secundaria evidente.
Una conclusión sólida debe explicar si las inconsistencias afectan diagnóstico, nexo causal o repercusión funcional.
El nexo causal en estrés postraumático debe fundarse en una relación clínicamente razonable entre el hecho traumático, los síntomas, la evolución y la repercusión funcional. Debe integrar magnitud del hecho, riesgo vital o vivencia traumática, secuelas físicas, cronología de síntomas, psicodiagnóstico, tratamiento, antecedentes, personalidad de base, factores extralaborales y evolución clínica.
No alcanza con afirmar que el cuadro comenzó después del evento. La causalidad debe estar razonada y documentada.
La incapacidad psíquica por estrés postraumático requiere un cuadro persistente, clínicamente fundado, funcionalmente relevante y causalmente vinculado al hecho. Puede afectar sueño, concentración, rendimiento laboral, tolerancia al estrés, interacción social, autonomía, reinserción laboral, vida familiar y actividades habituales.
No debe basarse solo en temor subjetivo, angustia aislada, relato no corroborado, síntomas transitorios, diagnóstico sin repercusión funcional, psicodiagnóstico insuficiente o tratamiento discontinuo sin explicación.
La aplicación del baremo debe explicar diagnóstico psíquico, magnitud del hecho, sintomatología, tratamiento, personalidad de base, nexo causal, consolidación del daño y repercusión funcional. En el ámbito laboral puede consultarse Baremo SRT 549/2025 y daño psíquico en el baremo laboral.
El porcentaje debe vincularse con una limitación funcional concreta y con la consolidación del cuadro.
Clínica, psicodiagnóstico, nexo causal, tratamiento, incapacidad y valoración médico-legal.
Reacción vivencial anormal neurótica, magnitud del siniestro, secuelas físicas, grados e incapacidad.
Diagnóstico, repercusión funcional, consolidación, baremo y nexo causal.
Entrevista, pruebas psicológicas, indicadores traumáticos, consistencia y relación causal.
Hecho traumático, magnitud, cronología, antecedentes, evolución, tratamiento y repercusión funcional.
Antecedentes, vulnerabilidad previa, agravamiento, concausalidad y factores ajenos al hecho.
Inconsistencias, tests, conducta observada, historia clínica y repercusión funcional.
Frecuencia, duración, medicación, respuesta terapéutica, pronóstico y consolidación.
Relato, síntomas, antecedentes, examen psíquico, consistencia y correlación documental.
Lesiones traumáticas, secuelas, dolor, limitación funcional y repercusión laboral.
Análisis técnico de incapacidad, nexo causal, documentación, baremo y conclusiones periciales.
Consulta profesional sobre daño psíquico, estrés postraumático, RVAN o incapacidad laboral.
Es un cuadro psíquico que puede aparecer luego de un hecho traumático de entidad suficiente, con síntomas persistentes y repercusión funcional.
No. Puede haber malestar emocional, reacción adaptativa o RVAN sin configurar estrés postraumático ni incapacidad psíquica.
La RVAN es una categoría médico-legal frecuente en baremos laborales; el estrés postraumático es un diagnóstico clínico específico con criterios sintomáticos, persistencia y repercusión funcional.
Aporta fundamentos técnicos para diferenciar estrés postraumático, RVAN, trastorno adaptativo, malestar emocional y simulación o exageración sintomática.
Ayuda a valorar intensidad, persistencia, evolución y repercusión funcional, aunque no prueba por sí solo incapacidad psíquica.
Se integran magnitud del hecho, vivencia traumática, secuelas físicas, cronología, psicodiagnóstico, tratamiento, antecedentes, personalidad de base y repercusión funcional.
Cuando existe un cuadro persistente, clínicamente fundado, funcionalmente relevante y causalmente vinculado al hecho.
Se analiza evento traumático, síntomas específicos, evolución, tratamiento, consistencia, nexo causal, consolidación, baremo y repercusión funcional.
La valoración médico-legal del estrés postraumático requiere analizar la magnitud del hecho, la cronología de los síntomas, el psicodiagnóstico, el tratamiento realizado, la personalidad de base, los antecedentes, la simulación o exageración sintomática, el nexo causal y la repercusión funcional. Un análisis técnico permite determinar si existe daño psíquico incapacitante correctamente fundamentado.
Para revisar un caso concreto puede consultarse el servicio de pericias médicas laborales, la guía de daño psíquico e incapacidad laboral o el formulario de contacto.